Cuando el depositante autoriza que el depositario use el bien, el depósito se convierte en comodato o en préstamo, según las circunstancias.
31 L.P.R.A. § 10513, under El Depósito.
31 L.P.R.A. § 10513
Cuando el depositante autoriza que el depositario use el bien, el depósito se convierte en comodato o en préstamo, según las circunstancias.