Extensión de las obligaciones del fiador

31 L.P.R.A. § 10554, under La Fianza.

31 L.P.R.A. § 10554

La obligación del fiador no puede ser mayor ni estar sujeta a estipulaciones más onerosas que la del fiado. La inobservancia de esta norma implica la reducción de la fianza, no su nulidad.