Improcedencia de la acción

31 L.P.R.A. § 10772, under El Enriquecimiento Sin Causa.

31 L.P.R.A. § 10772

(a) La acción de restitución no procede:(a) Si la ley deniega la acción;(b) si la ley atribuye otros efectos al enriquecimiento;(c) si la ley permite al empobrecido ejercer otra acción; o(d) si entre las partes o interesados existe una relación contractual.

(a) Si la ley deniega la acción;

(b) si la ley atribuye otros efectos al enriquecimiento;

(c) si la ley permite al empobrecido ejercer otra acción; o

(d) si entre las partes o interesados existe una relación contractual.