Si la promesa pública no tiene plazo de validez, el promitente puede revocarla en cualquier momento. Si se ha señalado plazo, el promitente sólo puede revocar su ofrecimiento por justa causa y mientras no esté vencido.
En cualquier caso, la revocación sólo es eficaz si se hace pública de la misma forma que la de la promesa o de forma equivalente. Sin embargo, no es oponible a quien ha efectuado el hecho o a quien ha verificado la situación prevista antes del primer acto de publicidad de la revocación.