Las disposiciones de este capítulo referentes a la promesa de recompensa pública son aplicables a otras declaraciones unilaterales de voluntad, salvo que por la particular naturaleza de estas su aplicación resulte inadecuada, a juicio del tribunal.
31 L.P.R.A. § 10788, under Declaración Unilateral de Voluntad.
31 L.P.R.A. § 10788
Las disposiciones de este capítulo referentes a la promesa de recompensa pública son aplicables a otras declaraciones unilaterales de voluntad, salvo que por la particular naturaleza de estas su aplicación resulte inadecuada, a juicio del tribunal.