Herencia

31 L.P.R.A. § 10917, under Las Obligaciones Que Nacen de Culpa o Negligencia.

31 L.P.R.A. § 10917

La herencia comprende los derechos y las obligaciones transmisibles por causa de la muerte de una persona, ya sea que los derechos excedan las obligaciones; que las obligaciones excedan los derechos, o solo se trate de obligaciones.

La herencia también comprende las donaciones computables, así como los derechos y las obligaciones que le son inherentes después de abierta la sucesión.