Puede aceptar o repudiar la herencia la persona que no tiene restricción para obrar. Los menores y los incapaces necesitan la asistencia que requiere la ley.
31 L.P.R.A. § 11019, under La Aceptación y la Repudiación.
31 L.P.R.A. § 11019
Puede aceptar o repudiar la herencia la persona que no tiene restricción para obrar. Los menores y los incapaces necesitan la asistencia que requiere la ley.