Régimen

31 L.P.R.A. § 11073, under La Petición de Herencia y el Heredero Aparente.

31 L.P.R.A. § 11073

En lo que no está previsto en este capítulo, el estado de comunidad hereditaria se rige por las disposiciones relacionadas con la administración de la herencia y con las de la comunidad de bienes.