Testamentos especiales; epidemia; peligro inminente de muerte

31 L.P.R.A. § 11291, under Las Clases de Testamentos.

31 L.P.R.A. § 11291

Cuando el testador se halla en peligro inminente de muerte, puede otorgar testamento ante tres (3) testigos mayores de edad.

En caso de epidemia declarada por las autoridades sanitarias, el testador puede otorgar testamento ante tres (3) testigos que hayan cumplido dieciséis (16) años de edad.

En ambos casos los testigos se asegurarán de que, a su juicio, el testador tiene la capacidad necesaria para hacer testamento.