En el otorgamiento de los testamentos especiales no es necesaria la intervención de notario, pero el testamento se escribirá si ello es posible.
La última voluntad del testador también puede grabarse en video.
31 L.P.R.A. § 11292, under Las Clases de Testamentos.
31 L.P.R.A. § 11292
En el otorgamiento de los testamentos especiales no es necesaria la intervención de notario, pero el testamento se escribirá si ello es posible.
La última voluntad del testador también puede grabarse en video.