Limitaciones a la encomienda

31 L.P.R.A. § 11315, under La Institución Testamentaria.

31 L.P.R.A. § 11315

El testador no puede dejar al arbitrio de un tercero la subsistencia de la institución ni el monto de la cuota de la herencia destinada a los propósitos de la sec. 11314 de este título.