La institución modal

31 L.P.R.A. § 11332, under La Institución Testamentaria.

31 L.P.R.A. § 11332

En la institución modal, el testador impone al instituido alguna obligación, que incluye la de destinar el bien transmitido a un fin especial. Esta disposición no se entiende como condición sino como obligación modal, salvo cuando resulte ser otra la voluntad del testador.