Ejecutores designados conjuntamente

31 L.P.R.A. § 11498, under Disposiciones Generales.

31 L.P.R.A. § 11498

Son ejecutores conjuntos los designados para realizar conjuntamente una misma función. Cuando se designan varios ejecutores sin señalar cómo deben actuar, se presume que desempeñarán sus cargos conjuntamente.