Los acreedores del causante pueden oponerse a que se realice la partición hasta que se les pague o se afiance el importe de sus créditos.
Los acreedores de un coheredero pueden intervenir en la partición para evitar el fraude y el perjuicio.
31 L.P.R.A. § 11664, under El Inventario y el Pago de las Deudas.
31 L.P.R.A. § 11664
Los acreedores del causante pueden oponerse a que se realice la partición hasta que se les pague o se afiance el importe de sus créditos.
Los acreedores de un coheredero pueden intervenir en la partición para evitar el fraude y el perjuicio.