Matrimonio mediante mandato con poder especial—Copias de la ley para las fuerzas armadas; modelo de escritura

31 L.P.R.A. § 262, under Requisitos Necesarios para Contraer Matrimonio.

31 L.P.R.A. § 262

El Secretario de Estado remitirá copia de las secs. 253 a 262 de este título a los jefes de las fuerzas armadas para su distribución entre los capellanes y abogados mediadores (judge advocate) para su conocimiento, uniéndole además un modelo de escritura de poder con poder especial para contraer matrimonio que será preparado en el Departamento de Justicia de Puerto Rico.