Leyes penales y de seguridad pública

31 L.P.R.A. § 5372, under Normas sobre Conflictos de Leyes.

31 L.P.R.A. § 5372

Las leyes penales y las de orden público relativo a la seguridad pública, a la organización social y a la económica obligan a quienes están, permanente o transitoriamente, en Puerto Rico. Las normas judiciales procesales de Puerto Rico se consideran de orden público.