Procedimiento ordinario y expedito

31 L.P.R.A. § 5634, under La Capacidad de Obrar y sus Restricciones.

31 L.P.R.A. § 5634

La declaración de incapacitación se hace en juicio ordinario, luego de cumplir con las exigencias del debido proceso de ley. Una vez iniciado el proceso, se le da prioridad en el calendario del tribunal para su atención expedita.