La incapacitación declarada en virtud de las disposiciones de este capítulo no constituye causa de inimputabilidad para propósitos penales.
La prueba acumulada en el expediente de incapacitación no puede utilizarse para imponer responsabilidad civil o penal al incapaz, por lo que en estos casos debe probarse la condición que da lugar a la incapacidad por prueba independiente.