Nombramiento de varios tutores

31 L.P.R.A. § 5672, under La Tutela.

31 L.P.R.A. § 5672

Los progenitores, conjunta o individualmente, pueden nombrar un tutor distinto para cada uno de sus hijos y hacer diversos nombramientos para que se sustituyan unos a otros.

En caso de duda, se entiende nombrado un solo tutor para todos los hijos y se otorga el cargo al primero de los que figuren en el instrumento.