Opinión del incapaz sobre el nombramiento

31 L.P.R.A. § 5685, under La Tutela.

31 L.P.R.A. § 5685

Si el incapaz puede discernir sobre las consecuencias de su incapacitación y expresar su opinión de modo coherente y claro, dará su parecer sobre el nombramiento del tutor.

El tribunal puede seleccionar a la persona preferida por el incapaz, si es idónea para ejercer el cargo y para atender los asuntos colocados bajo tutela, y si conviene al interés óptimo del incapaz.