Tutela interina

31 L.P.R.A. § 5707, under La Tutela.

31 L.P.R.A. § 5707

Si el tutor no entra en el ejercicio de su cargo por causa de incapacidad, por no haber cumplido los requisitos del cargo o por alguna otra razón, o si queda vacante la tutela en vigor, el tribunal establece la tutela interina del menor o incapaz mientras se resuelve definitivamente el impedimento o se nombra un nuevo tutor.