El tutor representa al tutelado en todos los actos jurídicos que requieran su consentimiento, salvo aquellos que por disposición expresa de la ley pueda ejecutar solo o con las únicas limitaciones que le imponga la sentencia de incapacitación.
La sentencia expresará el grado de participación del tutelado en las decisiones sobre sus bienes, de acuerdo con su condición física, emocional e intelectual y en atención de su interés óptimo.