(a) Se removerá de la tutela al tutor que, después de iniciar su ejercicio:(a) Incurre en conducta que lo inhabilita para continuar en su desempeño;(b) queda limitado en su capacidad de obrar;(c) incumple los deberes propios del cargo;(d) falta a las exigencias que haya impuesto el tribunal;(e) muestra notoria ineptitud en su ejercicio; o(f) tiene problemas de convivencia graves y continuados con el tutelado.
(a) Incurre en conducta que lo inhabilita para continuar en su desempeño;
(b) queda limitado en su capacidad de obrar;
(c) incumple los deberes propios del cargo;
(d) falta a las exigencias que haya impuesto el tribunal;
(e) muestra notoria ineptitud en su ejercicio; o
(f) tiene problemas de convivencia graves y continuados con el tutelado.