El funcionario a cargo del Registro de Tutelas examina anualmente las constancias de las tutelas inscritas para comprobar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los informes y la rendición de cuentas anuales u otra obligación especial impuesta al tutor por la sentencia.
Dicho funcionario notifica al tribunal el resultado de su evaluación para que ordene el cumplimiento de las medidas cautelares necesarias. También expedirá copias certificadas de las constancias del registro a cualquier parte con interés legítimo y al ministerio público. Este debe examinar el informe y presentar al tribunal su aprobación o recomendaciones sobre el mismo.