Si el negocio jurídico tiene plazo indeterminado o ha quedado a la voluntad del deudor, el tribunal debe fijar su duración. La reclamación para que se fije el plazo puede acumularse a la que exige el cumplimiento.
31 L.P.R.A. § 6250, under Las Modalidades del Negocio Jurídico.
31 L.P.R.A. § 6250
Si el negocio jurídico tiene plazo indeterminado o ha quedado a la voluntad del deudor, el tribunal debe fijar su duración. La reclamación para que se fije el plazo puede acumularse a la que exige el cumplimiento.