Casos de inoponibilidad y anulabilidad

31 L.P.R.A. § 6266, under La Representación.

31 L.P.R.A. § 6266

(a) El negocio jurídico realizado en nombre de otra persona:(a) Es inoponible al representado aparente, si el representante carece de facultades de representación suficientes; y(b) es anulable si la voluntad del representante está viciada, o si lo está la del representado y el negocio jurídico se otorga en ejercicio de facultades previamente determinadas por el representado.

(a) Es inoponible al representado aparente, si el representante carece de facultades de representación suficientes; y

(b) es anulable si la voluntad del representante está viciada, o si lo está la del representado y el negocio jurídico se otorga en ejercicio de facultades previamente determinadas por el representado.