(a) El negocio jurídico realizado en nombre de otra persona:(a) Es inoponible al representado aparente, si el representante carece de facultades de representación suficientes; y(b) es anulable si la voluntad del representante está viciada, o si lo está la del representado y el negocio jurídico se otorga en ejercicio de facultades previamente determinadas por el representado.
(a) Es inoponible al representado aparente, si el representante carece de facultades de representación suficientes; y
(b) es anulable si la voluntad del representante está viciada, o si lo está la del representado y el negocio jurídico se otorga en ejercicio de facultades previamente determinadas por el representado.