Derechos y deberes de los miembros de la familia

31 L.P.R.A. § 6463, under Disposiciones Generales.

31 L.P.R.A. § 6463

Los miembros de la familia tienen recíprocamente el derecho y el deber de respetarse, protegerse y socorrerse y proveer para el levantamiento de las cargas familiares en la medida de sus posibilidades, recursos económicos y aptitudes personales.