Los miembros de la familia tienen recíprocamente el derecho y el deber de respetarse, protegerse y socorrerse y proveer para el levantamiento de las cargas familiares en la medida de sus posibilidades, recursos económicos y aptitudes personales.
31 L.P.R.A. § 6463, under Disposiciones Generales.
31 L.P.R.A. § 6463
Los miembros de la familia tienen recíprocamente el derecho y el deber de respetarse, protegerse y socorrerse y proveer para el levantamiento de las cargas familiares en la medida de sus posibilidades, recursos económicos y aptitudes personales.