Parentesco; definición y alcance

31 L.P.R.A. § 6521, under Disposiciones Generales.

31 L.P.R.A. § 6521

El parentesco es la relación jurídica entre dos o más personas unidas por vínculos de sangre, vínculo genético o por disposición de la ley.

Las normas sobre parentesco prescritas en esta parte rigen en todas las materias que regula la ley.