(a) Tiene capacidad para contraer matrimonio la persona que:(a) Es mayor de edad;(b) tiene discernimiento para consentir a la unión y obligarse a cumplir los deberes que conlleva; y(c) no está impedida por la ley a unirse en matrimonio al otro contrayente.
(a) Es mayor de edad;
(b) tiene discernimiento para consentir a la unión y obligarse a cumplir los deberes que conlleva; y
(c) no está impedida por la ley a unirse en matrimonio al otro contrayente.