Exámenes médicos requeridos

31 L.P.R.A. § 6612, under Constitución del Matrimonio.

31 L.P.R.A. § 6612

Cada contrayente está obligado a realizarse exámenes médicos para determinar la existencia de Sífilis, Gonorrea, Clamidia, el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y cualquier otra enfermedad de transmisión sexual que determine el Secretario de Salud.