No puede impugnarse el matrimonio del menor de edad que ha cumplido dieciocho (18) años y se casa sin la autorización correspondiente, si uno de los cónyuges está en estado de embarazo o ha nacido el niño de ambos cónyuges.
31 L.P.R.A. § 6667, under La Invalidez del Matrimonio.
31 L.P.R.A. § 6667
No puede impugnarse el matrimonio del menor de edad que ha cumplido dieciocho (18) años y se casa sin la autorización correspondiente, si uno de los cónyuges está en estado de embarazo o ha nacido el niño de ambos cónyuges.