Petición de divorcio incoada por la persona incapaz

31 L.P.R.A. § 6788, under La Disolucion por Divorcio.

31 L.P.R.A. § 6788

La persona declarada incapaz mediante sentencia puede incoar la acción de disolución de su matrimonio por la muerte presunta de su cónyuge o por divorcio, si al momento de la presentación entiende la naturaleza de la acción y puede colaborar con su representante en el proceso.

Al presentar la petición y durante el proceso de divorcio del incapaz se requiere la intervención del tutor.