Presentada la petición individual de divorcio, los cónyuges pueden acordar las medidas provisionales que han de regir sus relaciones personales, la estabilidad económica de la familia y los asuntos que afectan significativamente a los hijos durante el proceso.
El tribunal puede aprobar las medidas así adoptadas, si son adecuadas, o modificarlas en cualquier etapa del proceso para asegurar el bienestar de ambos cónyuges y el de los miembros de la familia.