Si los cónyuges no acuerdan las medidas provisionales en un plazo prudente, el tribunal puede establecer sumariamente las más urgentes y necesarias.
31 L.P.R.A. § 6792, under La Disolucion por Divorcio.
31 L.P.R.A. § 6792
Si los cónyuges no acuerdan las medidas provisionales en un plazo prudente, el tribunal puede establecer sumariamente las más urgentes y necesarias.