Se presumen gananciales los bienes del matrimonio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente a cualquiera de los cónyuges.
31 L.P.R.A. § 6971, under Las Donaciones por Razón de Matrimonio.
31 L.P.R.A. § 6971
Se presumen gananciales los bienes del matrimonio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente a cualquiera de los cónyuges.