Comienzo de la comunidad post ganancial

31 L.P.R.A. § 7041, under Las Donaciones por Razón de Matrimonio.

31 L.P.R.A. § 7041

Disuelta la sociedad de gananciales, surge entre los cónyuges o excónyuges, según sea el caso, una comunidad de bienes y derechos sobre la totalidad de los elementos del patrimonio común que permanece en indivisión.