(a) El hijo tiene derecho a:(a) Llevar el apellido de cada progenitor;(b) recibir alimentos por parte de ambos progenitores;(c) exigir en su favor la protección que surge de la patria potestad que sus progenitores ejercen sobre él; y(d) participar de la herencia de cada uno de los progenitores.
(a) Llevar el apellido de cada progenitor;
(b) recibir alimentos por parte de ambos progenitores;
(c) exigir en su favor la protección que surge de la patria potestad que sus progenitores ejercen sobre él; y
(d) participar de la herencia de cada uno de los progenitores.