Los daños causados al hijo por la falta de reconocimiento voluntario y oportuno son indemnizables, según se dispone en este Código.
31 L.P.R.A. § 7133, under Las Presunciones de Maternidad y de Paternidad y su Impugnación.
31 L.P.R.A. § 7133
Los daños causados al hijo por la falta de reconocimiento voluntario y oportuno son indemnizables, según se dispone en este Código.