Restitución

31 L.P.R.A. § 7303, under Suspensión del Ejercicio y Privación de la Titularidad de la Patria Potestad.

31 L.P.R.A. § 7303

Extinta la causa que justifica la determinación judicial, el progenitor tiene derecho a solicitar la restitución del ejercicio de la patria potestad a menos que se le haya privado irreversiblemente de ella.