Causas de suspensión

31 L.P.R.A. § 7311, under Suspensión del Ejercicio y Privación de la Titularidad de la Patria Potestad.

31 L.P.R.A. § 7311

(a) El ejercicio de la patria potestad se suspende por:(a) La incapacidad o la ausencia declaradas judicialmente;(b) el estado de enfermedad transitorio, si por ello el progenitor no puede ejercer efectivamente sus deberes y facultades respecto al hijo;(c) la condena y encarcelación por delitos que no conllevan la privación irreversible de ella; o(d) cualquier causa involuntaria que amenace la integridad física y emocional del hijo.

(a) La incapacidad o la ausencia declaradas judicialmente;

(b) el estado de enfermedad transitorio, si por ello el progenitor no puede ejercer efectivamente sus deberes y facultades respecto al hijo;

(c) la condena y encarcelación por delitos que no conllevan la privación irreversible de ella; o

(d) cualquier causa involuntaria que amenace la integridad física y emocional del hijo.