Clases de emancipación

31 L.P.R.A. § 7422, under Disposiciones Generales.

31 L.P.R.A. § 7422

(a) La emancipación se produce:(a) Por la mayoría de edad;(b) por matrimonio;(c) por la concesión de los progenitores que ejercen la patria potestad; y(d) por concesión judicial.

(a) Por la mayoría de edad;

(b) por matrimonio;

(c) por la concesión de los progenitores que ejercen la patria potestad; y

(d) por concesión judicial.