Sanción por incumplimiento con la obligación alimentaria

31 L.P.R.A. § 7573, under Fijación y Modificación de la Obligación Alimentaria.

31 L.P.R.A. § 7573

En caso de incumplimiento el tribunal puede imponer al alimentante cualquier sanción adecuada que le compela a cumplir su obligación. El encarcelamiento solo procede cuando hay evidente temeridad y obstinación ante las órdenes reiteradas de cumplimiento.