Aplicación supletoria

31 L.P.R.A. § 7582, under Extinción de la Obligación Alimentaria.

31 L.P.R.A. § 7582

Las disposiciones de esta parte son aplicables a los demás casos en que, por este Código, por testamento o por pacto, se tiene derecho a alimentos, salvo que los contratantes, el testador o la ley dispongan algo distinto.