Si los materiales, las plantas o las semillas pertenecen a un tercero que no ha procedido de mala fe, el que los emplea responde por su valor. En caso de insolvencia de este, el tercero dispone de una acción de enriquecimiento contra el dueño del suelo para obtener el pago.
No tiene lugar la acción de enriquecimiento si el dueño del suelo exige la demolición de la obra o que se arranque la plantación y la siembra, y restablece las cosas a su estado primitivo a costa del que edificó, plantó o sembró.