(a) El emplazamiento o la citación judicial no interrumpen la posesión:(a) Si carece de validez por falta de solemnidades legales;(b) si el actor desiste de la demanda o no impide que se archive por inactividad, con arreglo al procedimiento civil; o(c) si el poseedor demandado prevalece en la demanda.
(a) Si carece de validez por falta de solemnidades legales;
(b) si el actor desiste de la demanda o no impide que se archive por inactividad, con arreglo al procedimiento civil; o
(c) si el poseedor demandado prevalece en la demanda.