(a) Son aplicables al cómputo del tiempo necesario para la usucapión, las reglas siguientes:(a) El poseedor actual puede completar el tiempo necesario uniendo al suyo el de su causante; y(b) el día en que comienza a contarse el tiempo se tiene por entero, pero el último debe cumplirse en su totalidad.
(a) El poseedor actual puede completar el tiempo necesario uniendo al suyo el de su causante; y
(b) el día en que comienza a contarse el tiempo se tiene por entero, pero el último debe cumplirse en su totalidad.