Uso de terrenos y construcciones

31 L.P.R.A. § 8062, under Restricciones de la Propiedad.

31 L.P.R.A. § 8062

El propietario está obligado a destinar los terrenos y las construcciones a usos que no resulten incompatibles con el planeamiento y a custodiarlos y mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público con sujeción a la ley.