El propietario tiene derecho a deslindar y a amojonar su predio, con citación de los dueños de los predios colindantes. La misma facultad corresponde a los que tienen derechos reales, independientemente de que no posean.
31 L.P.R.A. § 8133, under Las Acciones Protectoras del Derecho de Propiedad.
31 L.P.R.A. § 8133
El propietario tiene derecho a deslindar y a amojonar su predio, con citación de los dueños de los predios colindantes. La misma facultad corresponde a los que tienen derechos reales, independientemente de que no posean.