Cuando el título constitutivo del usufructo es una donación, el donante puede reservarse la facultad de reversión del derecho, especificando las causas de reversión.
31 L.P.R.A. § 8383, under El Usufructo.
31 L.P.R.A. § 8383
Cuando el título constitutivo del usufructo es una donación, el donante puede reservarse la facultad de reversión del derecho, especificando las causas de reversión.