El usufructuario puede compensar los desperfectos de los bienes con las mejoras que haya hecho en ellos.
31 L.P.R.A. § 8411, under El Usufructo.
31 L.P.R.A. § 8411
El usufructuario puede compensar los desperfectos de los bienes con las mejoras que haya hecho en ellos.